Asignación Tributaria y Financiación de las Actividades de la Iglesia Católica

18.06.2026

¿Por qué hay que pagar impuestos? 

Sería inviable una comunidad de personas que no contribuyeran al sostenimiento de las funciones públicas. El egoísmo humano se orienta al fraude fiscal porque con frecuencia no ve suficientemente justificado el destino de sus impuestos. En los países democráticos la presión fiscal es mayor que en los autoritarios porque también son las exigencias: Estado del Bienestar. La transparencia y las contraprestaciones (pensiones, sanidad, seguridad, educación, infraestructuras...) fomentan la moralidad impositiva que predisponen a las personas a contribuir al bien común. 

¿Son suficientes los impuestos y las cotizaciones sociales para financiar el gasto público en España

 No. Los presupuestos del Estado y de la Seguridad Social son deficitarios y originan dos conceptos fundamentales: déficits públicos y deuda pública. Si anualmente los gastos presupuestarios (G) superan a los ingresos (I) se incurre en déficit público cuya cuantía se aproxima a los 45 millones de € que hay que financiar con préstamos; el conjunto de deudas del Estado frente a entidades nacionales/internacionales – Deuda Pública - se situó en 2025 en 1.698.225 de millones de € (100,7% del PIB de España) que anualmente se amortiza (principal más intereses) con cargo a un capítulo de gastos de los Presupuestos Generales del Estado. 

 Exclusión social, pobreza y carencias materiales 

Cáritas Española y otras instituciones de la Iglesia Católica (IC) financian con sus recursos las numerosas demandas de personas que viven en umbrales de pobreza, que no tienen hogar o con ingresos insuficientes para atender sus necesidades básicas. La exclusión social afecta a 9,4 millones de personas. Desigualdad, escasez de vivienda/coste de los alquileres y el desempleo/empleo precario, son algunos de los factores explicativos. Tres millones de andaluces (35% de la población) viven en situación de pobreza/exclusión social que se explica por las elevadas tasas de pobreza, de paro y de severas carencias materiales. La pobreza Infantil en España y en Andalucía presentan cifras alarmantes. 

Asignación Tributaria a la Iglesia Católica. 

La Constitución española de 1978, el Acuerdo sobre Asuntos Económicos del Estado Español y La Santa Sede de 1979 y otros posteriores, el más reciente el del 29 de marzo de 2023, configuran las relaciones tributarias entre ambos Estados. Como resultado de este último Acuerdo "la Iglesia en España tendrá, a partir de este momento, el mismo régimen de exenciones fiscales que el resto de confesiones religiosas que tienen suscritos convenios de colaboración con el Estado. Se trata además del mismo régimen especial aplicable a las fundaciones, incluidas las de los partidos políticos, asociaciones de utilidad pública, ONG de desarrollo, federaciones deportivas, etc." Hay varios modelos de financiación de las confesiones religiosas, los más frecuentes son el impuesto Religioso (Alemania) y la Asignación Tributaria (España) que consiste en marcar en la declaración anual del IRPF, con carácter voluntario, una" X" en las casillas 105/106, la primera es exclusiva de la IC que recibe el 0.7% de las cuotas de los contribuyentes. Una parte de la recaudación la casilla 106 (0.7%) - Asignación de actividades destinadas a fines sociales -, completa la Asignación Tributaria de la IC en la medida ésta realiza Actividades de interés general consideradas de interés social: personas con necesidades socio sanitarias, educativas, laborales o de cooperación al desarrollo. Con estos instrumentos el contribuyente ni paga más ni le devuelven menos, para el ahorro fiscal hay que acogerse a las donaciones - Ley del Mecenazgo - que comentaremos después. 

Financiación de la Iglesia Católica y sus Diócesis 

Según la Memoria Anual de Actividades de la Iglesia Católica de España de 2024 los recursos totales de las Diócesis fueron de 1.395.773.747 € y los Empleos de 1.262.688.363 € (Anexo). Los Recursos proceden de 5 conceptos: Aportaciones de los fieles (29%); Asignación tributaria (23%); Otros ingresos corrientes (31%); Ingresos patrimoniales y de actividades económicas (12%) e Ingresos extraordinarios (5%). Los empleos que reciben mas recursos son Conservación de edificios/gastos de funcionamiento (33%) y Acciones pastorales y retribución del clero: (34%). Cáritas Española es la red de beneficencia mas importante de la IC: en 2024, 2,1 millones de personas se beneficiaron de sus ayudas (487 millones de €). Este presupuesto supera al de la Asignación Tributaria que en el mismo año fue de 429 millones de € procedente de 7.946.347 declaraciones. La Comunidad Autónoma que más contribuyó fue Madrid con 123, 9 millones seguida por Andalucía, 64,24 millones, que sin embargo supera Madrid en el número de declaraciones. Cáritas Diocesana de Sevilla atendió en 2025 a cerca de 35.000 personas en situación de vulnerabilidad con un presupuesto, para el conjunto de sus acciones sociales, de 10,3 millones €. 

Incentivos fiscales de los donativos 

Los incentivos fiscales son generosos para las donaciones contempladas en la Ley de Mecenazgo. Personas Físicas: desgravación del 80% para donativos de hasta 250 € y del 40% a partir de 250 €. Personas Jurídicas: desgravación del 40% para donativos en general y 50% para los recurrentes. Cada persona que haga una donación (caritas, parroquias, fundaciones, asociaciones...) de 250 € al año tendrá una reducción fiscal anual en su cuota de 200 € y únicamente habrá donado 50 €. 

Anexo: Recursos y Empleos de las Diócesis Españolas 

1. Aportaciones voluntarias de los fieles: 399.720.444,74€. Constituidas por los recursos recibidos de los fieles sin contraprestación por colectas ordinarias, específicas, suscripciones periódicas y otros ingresos sin contraprestación. 

2. Asignación tributaria: 326.491.477,06€. Correspondiente al dinero recibido por las diócesis de la asignación tributaria más el pago de la Seguridad Social y las percepciones de obispos residenciales. 

3. Ingresos del patrimonio y de actividades económicas:168.332.667,20€. Son ingresos correspondientes al patrimonio inmobiliario, financiero y actividades económicas diversas. 

4. Otros ingresos corrientes: 434.564.227,62€. Corresponden a ingresos de distinta naturaleza de los anteriores tales como ingresos por servicios diversos, subvenciones, ingresos de otras instituciones religiosas y otros ingresos. 

5. Ingresos extraordinarios: 66.664.932,81€. Se incluyen las cantidades recibidas por enajenaciones de patrimonio, subvenciones de capital y otros ingresos extraordinarios. 

Total Recursos: 1.395.773.747 € 

1. Acciones pastorales y asistenciales.236.181.112,85€. Importe aplicado por las diócesis y parroquias de manera directa a la realización de actividades en el ámbito pastoral o asistencial. 

2. Retribución del clero:197.120.345,86€. Importe de las retribuciones efectivamente satisfechas a los clérigos por el desempeño de su labor ministerial en el ámbito diocesano y parroquial. 

3. Retribución del personal seglar:257.306.219,50€. Importe de las retribuciones efectivamente satisfechas a los trabajadores seglares de las diócesis. 

4. Aportaciones a centros de formación:35.202.225,51€. Cantidades aportadas a centros de formación (seminarios, institutos superiores, colegios...) y otras iniciativas de formación. 

5. Conservación de edificios y gastos de funcionamiento:419.200.357,15€. Compras, suministros, servicios exteriores, impuestos, gastos financieros y otros gastos ordinarios. 

6. Gastos extraordinarios:117.678.102,44€. Se trata de aquellas partidas empleadas en la construcción de nuevos templos, programas de rehabilitación y otros gastos de naturaleza. 

Total Empleos: 1.262.688.363 €

JUSTICIA Y PAZ DE SEVILLA